Identidad de género

(Ley 26.743)

La ley 26743 sancionada en el año 2012 establece que toda persona tiene derecho:
- al reconocimiento de su identidad de género y a ser tratado acorde a la misma;
- al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género;
- acceder a tratamientos de salud para adecuar su cuerpo a su identidad de género.

Conocé los puntos clave de la ley

  • Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo.
  • Toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida.
  • Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad.
  • Todas las personas mayores de dieciocho (18) años de edad podrán acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa.

En concordancia con la Resolución 2165/2021 podés encontrar la cobertura de OSIM en la Guía de prestaciones.
Por dudas y consultas:
info@osim.com.ar o al 0810-777-6746, te ayudaremos en este proceso.

Si querés saber más…

Si tenés dudas sobre el acceso a los derechos asociados a la identidad de género podés consultar con la Superintendencia de Seguro de Salud aquí o contactate telefónicamente al 0800-222-72583 (SALUD)