Según la resolución 5744/2024 del Ministerio de Salud de la Nación, a partir del 01/01/2025 las recetas electrónicas serán la única modalidad vigente para la prescripción de medicamentos, órdenes de estudio, prácticas y/o cualquier otra indicación de los profesionales y prestadores de servicios de salud.
Datos que debe indicar la receta médica:
- Día, mes y año.
- Nombre y apellido del afiliado
En el caso de medicación antirretroviral, en lugar de Nombre y apellido se indicará la codificación: “M” o “F” (según sea femenino o masculino), las dos primeras letras del nombre, las dos primeras letras del apellido y la fecha de nacimiento.
- Red Prestacional
- Nro. de credencial
- Diagnóstico: solo en caso de dispensa de antibióticos.
- Firma, sello y número de matrícula del profesional
- Domicilio, localidad, código postal y teléfono del consultorio del profesional o institución médica que figure en el encabezado de la receta.
Según la prestación a solicitar los datos pueden variar.
Medicamentos:
- Nombre genérico, monodroga o principio activo (ley 25649 de Medicamentos genéricos).
- Dosis (por cant. de mg)
- Presentación (cantidad de comprimidos, gotas, inyectable, etc.)
- Cantidad (caja, frascos, etc)
- Indicar en caso que corresponda si se trata de Tratamiento Prolongado
- Para psicofármacos, la receta es original por duplicado.
Prótesis quirúrgicas:
- Descripción de material genérico. (El Programa Médico Obligatorio indica que las prescripciones médicas deben efectuarse por nombre genérico, sin aceptar sugerencias de marcas, ni de proveedor, u especificaciones técnicas que orienten la prescripción encubierta de determinado producto)
- Lugar y fecha de la cirugía
- Teléfono/s de contacto del médico prescriptor
- Teléfono/s de contacto del paciente
Optica:
- Tipo de lente y dioptrias
Ortopedia
- Descripción del insumo o elemento ortopédico que necesita.
- En caso de alquiler, indicar el límite de tiempo.
Para conocer la documentación adicional a adjuntar junto con el pedido médico, ingrese aquí.